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Industria del Entretenimiento y Videojuegos ¿Qué sabemos de su regulación y protección?

Anteriormente, no se veía los videojuegos como un tema serio, para muchos esta atracción solo era un entretenimiento para niños y adolescentes. No obstante, este sector fue creciendo poco a poco y considerándose como una propiedad intelectual muy valiosa.

Con la llegada de la pandemia del Covid-19, la evolución de la industria del entretenimiento y los videojuegos se ha incrementado tanto nacional como internacionalmente, generando cifras muy altas.  Según la revista Semana “Las cifras hablan por sí solas. Desde hace algunos años, la industria de los videojuegos es la que más dinero produce, incluso por encima de las superproducciones de Hollywood”.

Sin embargo, pese a que es una industria genera un gran porcentaje de ingreso para el país, según la Doctora Sol Beatriz Calle D’Aleman, “no están reguladas de forma concreta dentro de la legislación colombiana, ni en la decisión 351 (Comunidad Andina de Naciones), ni en la ley nacional 23 del 82”.

No obstante, encajan en el concepto de obra, reconocido de alguna manera por la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) en diferentes aspectos, pero ¿Qué opciones se tienen para regular el vídeo juego como obra?     Por su parte, Luis Guillermo Rodríguez D’Alleman, “estas pueden ser propuestas por aplicación analógica (aplicación de normas a casos similares) o propuestas de regulación de los vídeo juegos”.

En Colombia la protección de esta industria se ha dividido por partes:

  • La obra cinematográfica o audiovisual
  • Software
  • Como obra musical
  • Obra multimedia (no regulada en Colombia)
  • Obra sui generis (propuesta)

Cabe resaltar que, en Colombia, el 50% de los internautas juegan activamente en su celular o consola, así lo reveló el primer estudio sobre los ‘gamers’ colombianos, realizado por Google en Colombia.

Por otro lado, existen diferentes ramas en la propiedad intelectual como son las marcas, en este caso de la industria de los videojuegos y entretenimiento se refieren a la protección del nombre del videojuego, sus personajes, el nombre de las consolas, etc.

En Colombia, se ha seguido el modelo de las políticas europeas en materia de patentes, en el sentido de permitir por excepción patentes de software pero como parte de un todo (máquina) y cumpliendo con los requisitos de patentabilidad, pese a que “La norma andina interna (Decisión 486) expresamente excluye de la patentabilidad por no considerarlos invenciones ® juegos y programas de ordenador o soporte lógico (software)”.

Otros elementos (consolas, controles…) sí podrían tener protección como patentes o diseños industriales.

Se pude inferir que en esta industria es de suma importancia que se regule de una buena forma. Sobre este tema se trata nuestro webinar que se realizó en el canal de YouTube de Velasco & Calle D’Alemán. Recuerda que podemos colaborar en estas y otras temáticas relacionadas. Contáctenos.

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