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El trabajo en la era digital

La declaratoria de la pandemia en marzo de 2020 y el desarrollo de esta situación de emergencia sanitaria, impactaron profundamente el mundo del trabajo.

Hasta ese momento la mayoría de las relaciones de trabajo se enmarcaban en la prestación de los servicios de manera personal y directa, con independencia de la figura que vinculara a las partes, contrato de trabajo o contrato de prestación de servicios.

Abruptamente y sin posibilidad de encontrar una alternativa diferente, la única manera de lograr salvaguardar la vida y salud de todos los habitantes del planeta y de reducir el nivel de contagios de la enfermedad causada por el virus denominado SARS -CoV-2, se decretó cuarentena obligatoria, en casi todos los países del mundo y específicamente en América Latina, Colombia lideró un proceso de cuarentena total, con la realización de pocas actividades de manera presencial, sólo aquellas esenciales y relacionadas directa o indirectamente con el abastecimiento de víveres, medicamentos y la prestación de los servicios públicos esenciales.

Con el fin de garantizar el derecho al trabajo y salvaguardar las empresas, en el mes de marzo de 2020, el Ministerio del Trabajo emitió varias normativas, siendo una de las más importantes la Circular 41, la cual fijó los lineamientos para permitir el trabajo en casa, como una posibilidad transitoria que permitió que las funciones y oficios que pudieran se desempeñados privilegiando el uso de las tecnologías de la información, fuesen ejecutadas desde el lugar de residencia, bajo las mismas condiciones en que se pactó la prestación del servicio y respetando siempre equilibrar el cumplimiento de la jornada laboral con la vida familiar y el descanso.

Finalmente en este 2021, con las condiciones de salubridad públicas, en iguales condiciones que las que generaron el periodo de cuarentena obligatorio durante el año 2020, el Congreso de la República ha legislado de manera importante en el sector del trabajo y el pasado 12 de mayo fue promulgada la Ley 2088, con el fin de regular específicamente la prestación del servicio por fuera de las instalaciones del empleador, ya sea público o privado, previéndose esta alternativa como una herramienta transitoria que permita la prestación del servicio, cuando circunstancias excepcionales, ocasionales y especiales como las que afrontamos por cuenta de una pandemia, impidan la prestación del servicio en la sede del empleador.

No obstante, en la Ley 2088 se regula la prestación del servicio bajo condiciones muy especiales dando prevalencia a la comunicación constante y recíproca entre empleador y trabajador, con el fin de coordinar las metas y objetivos a cargo de cada colaborador.

Asimismo, esta norma planteo la obligación de la desconexión laboral, como un mecanismo de equilibrio entre la jornada laboral, el desarrollo de la vida familiar y el descanso obligatorio.

En este orden de ideas y en su última sesión de esta legislatura, el Congreso aprobó dos importantes proyectos de ley, a saber:

  1. la reducción gradual de la jornada laboral, de 48 horas a 42, la cual empezará a regir en un plazo de dos años, manifestándose en dicha norma que la reducción en comento no afectará ni el salario ni los derechos de los trabajadores.
  2. La extensión de la licencia de paternidad, la cual pasa de 8 días a dos semanas y la posibilidad de modificar su disfrute con el fin que ambos padres disfruten al máximo la experiencia de la paternidad.

Ambos proyectos se encuentran en conciliación para pasar a sanción presidencial y ponen de presente la necesidad de mejorar las condiciones laborales para lograr más productividad.

Cursan tiempos de reactivación económica y este es un imperativo para todos los gobiernos y los grupos económicos, no obstante, hoy es necesario que los ambientes laborales sean propicios para generar más conocimiento, creatividad, imaginación Y pasión. Que los empleados sientan que no son un instrumento de producción, sino que son quienes lideran los procesos productivos.

Este nuevo trabajador esta llamado a autogestionarse, autorregularse, a tener más espacios de conciliación con su entorno familiar, a cuidar su salud mental y física, todo lo cual lo convertirá no en un instrumento de producción sino una persona que ama lo que hace y que está convencido que sus logros son determinantes y decisivos en la consecución de los fines que persigue la organización a la que pertenece.

Y en ese sentido, vemos como se está legislando en el país, adoptando modelos que ya son exitosos en países europeos, en lo que las organizaciones son altamente productivas a pesar de tener un estilo de vida más pausado y orientado al reconocimiento de un ser humano que hace posible la realización de los avances tecnológicos.

Pareciera paradójico que en un ambiente virtual y en el que las tecnologías de la información predominan como la herramienta más útil y que permitió en gran media que el mundo siguiera funcionando, lo realmente importante es promover una cultura de trabajo completamente diferente, en lo que lo importante no son los resultados, lo importante es la gente que hace posible estos resultados y de contera, los buenos resultados vendrán.

Recuerda que podemos asesorarlos en estas y otras temáticas relacionadas. Contáctenos.

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